Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
70
La afectación de las empresas transnacionales, y los
derechos humanos
The affectation of transnational companies, and human rights
• Fecha de recepción: 2023-04-27 • Fecha de aceptación: 2023-06-04 • Fecha de publicación: 2023-06-29
Yamileth Arteaga-Alcívar
1
1
Instituto Superior Tecnológico Japón
ORCID: 0000-0002-0675-0203
Resumen
En el contexto de la globalización, las empresas transnacionales han adquirido un papel
preponderante en la economía mundial y su influencia en los derechos humanos ha sido
objeto de múltiples debates. El presente resumen tiene como objetivo analizar la afectación
de las empresas transnacionales en los derechos humanos y las respuestas que se han dado a
nivel internacional. Se examinan las causas y consecuencias de esta problemática, y se hace
énfasis en los casos más emblemáticos de violaciones de los derechos humanos por parte de
empresas transnacionales. A partir de esto, se plantean algunos instrumentos legales y
mecanismos de rendición de cuentas para controlar y prevenir los abusos empresariales. Se
destaca la importancia de las normas internacionales de derechos humanos y de los marcos
jurídicos nacionales para la protección de los derechos humanos frente a la actividad
empresarial. También se analizan las estrategias que han adoptado algunos actores sociales
para exigir la responsabilidad social de las empresas transnacionales, tales como la creación
de alianzas entre organizaciones de la sociedad civil y el uso de la movilización social. En
conclusión, se plantea la necesidad de seguir profundizando en la reflexión acerca de la
relación entre empresas transnacionales y derechos humanos, y de fortalecer la normativa y
los mecanismos que garanticen la protección de los derechos humanos frente a la actividad
empresarial, en un contexto de creciente globalización y complejidad de las relaciones
económicas.
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
71
Palabras claves: Empresas transnacionales, derechos humanos, impacto social,
responsabilidad social corporativa, Organismos Modificados Genéticamente (OMG),
globalización, tratados internacionales.
Abstract
In the context of globalization, transnational corporations have acquired a preponderant role
in the world economy and their influence on human rights has been the subject of multiple
debates. The purpose of this summary is to analyze the impact of transnational corporations
on human rights and the responses that have been given at the international level. The causes
and consequences of this problem are examined, and emphasis is placed on the most
emblematic cases of human rights violations by transnational companies. From this, some
legal instruments and accountability mechanisms are proposed to control and prevent
business abuses. The importance of international human rights standards and national legal
frameworks for the protection of human rights against business activity is highlighted.
Strategies adopted by some social actors to demand the social responsibility of transnational
companies are also analyzed, such as the creation of alliances between civil society
organizations and the use of social mobilization. In conclusion, the need to continue
deepening the reflection on the relationship between transnational companies and human
rights is raised, and to strengthen the regulations and mechanisms that guarantee the
protection of human rights against business activity, in a context of increasing globalization
and complexity of economic relations.
Keywords: Transnational companies, human rights, social impact, corporate social
responsibility, Genetically Modified Organisms (GMOs), globalization, international
treaties.
Introducción
Varios son los aspectos discutidos sobre de la injerencia del Derecho Internacional Público
(DIP) en las empresas transnacionales, entre estos, como mecanismo sancionatorio cuando
incurren en violaciones a los Derechos Humanos (DD.HH.), afectando a los países donde
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
72
ejercen sus actividades, cuyo desencadenante es la prohibición de la producción y
comercialización de sus productos en estos mercados. El objetivo del presente artículo es
analizar la afectación de las transnacionales en los Estados, tomando como caso de estudio
Ecuador, de manera concreta sea analizará las acciones de la reconocida multinacional
norteamericana Monsanto, lo cual incluye la producción y consumo de productos químicos
y Organismos Modificados Genéticamente (OMG), asimismo, la posición jurídica del Estado
ecuatoriano en relación a la soberanía alimentaria.
Metodología
En la investigación se adoptó un enfoque metodológico cualitativo, que se orienta hacia la
comprensión y descripción profunda de los fenómenos sociales, culturales y psicológicos.
Para ello, se emplearon técnicas de recolección de datos no estandarizadas, tales como
entrevistas, observaciones y análisis de documentos, con el fin de capturar el significado e
interpretación que los participantes otorgan a sus experiencias. En cuanto al alcance de la
investigación, se establecieron límites en términos de objetivos, población, muestras y
resultados esperados, pudiendo ser exploratorio, descriptivo, correlacional o explicativo,
dependiendo de la profundidad y detalle requeridos para describir el fenómeno en cuestión
(Hernández et al., 2014).
Por lo expuesto, se realizó una búsqueda exhaustiva de la literatura académica, revistas
especializadas, informes de organismos internacionales, noticias y documentales. La
búsqueda se realizó en bases de datos especializadas como JSTOR, ScienceDirect, Wiley
Online Library y Google Scholar, entre otras, utilizando palabras clave relevantes como
"empresas transnacionales", "derechos humanos", "impacto social", "responsabilidad social
corporativa", "globalización" y "tratados internacionales". Además, se revisaron las
referencias bibliográficas de los estudios seleccionados para identificar otros documentos
relevantes. La búsqueda se enfoen las implicaciones de las empresas transnacionales en
los derechos humanos en diferentes contextos a nivel global. Por lo que, se realizaron
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
73
exclusiones de documentos que no estaban relacionados con la temática o que no cumplían
con los criterios de calidad establecidos para la investigación.
Resultados
En la actualidad, la empresa transnacional Monsanto es conocida por la cantidad de
escándalos relacionados a atentados contra los DD.HH. Esta compañía se fundó en 1901
como industria química, entre sus principales productos se encontraban, el DDT, insecticida
cuya comercialización se prohibió en el mercado por ser anticancerígeno, el agente naranja,
herbicida que fue utilizado por el ejército de Estados Unidos en la Guerra de Vietnam entre
1962 y 1971, que causó malformaciones y cáncer en la población (EnigmaCinco, 2014).
También, la hormona de crecimiento bovina, propició un rápido crecimiento en las vacas,
generando cáncer de próstata y de mama en las personas que consumían esta proteína animal.
No obstante, una vez que se filtró la información, y pasó a estar a la vista pública, la empresa
pagó en indemnizaciones el 1*1000 de sus ganancias. Posteriormente las coimas crecieron,
y el soborno a la autoridad constituyó algo rutinario, consiguiendo enterrar los desechos
tóxicos en el barrio periférico y de clase pobre en las afueras de San Luis, Missouri, Estados
Unidos, donde se ubicaba (EnigmaCinco, 2014).
En vista de, la serie de escándalos, Monsanto siguió operando con normalidad, así en la
década de los años 40, el negocio dio un giro a las fibras sintéticas y plásticos, de hecho, en
1947 “un carguero francés que transportaba nitrato de amonio (utilizado como fertilizante)
explotó en un muelle a unos 90 metros de la fábrica de plásticos de Monsanto en las afueras
de Galveston, en Tejas” (Tokar, 1998). Tras esa incidencia, fallecieron más de 500 personas,
en lo que se consideró como uno de los desastres más significativos de la industria química.
Hoy por hoy, aún se usan plásticos de poliestireno, y estireno para producir envases de
alimentos. En el año de 1929 la compañía química Swann elaboró los policlorados (PCBs)
que eran estables químicamente y poseían gran ininflamabilidad, como resultado, la industria
de equipos eléctricos los implementó. Para el año de 1935, Monsanto adquirió la compañía,
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
74
y para los años 60 los compuestos PCBs fueron usados como selladores, aceites lubricantes
de herramientas, líquidos hidráulicos (Tokar, 1998).
Posteriormente, en la cada de 1930, 1960 y 1970, varios científicos realizaron pruebas
sobre los efectos tóxicos de los PCBs, encontrando lo siguiente: en los DDT se encontraron
altas concentraciones de PCBs, tanto en los tejidos grasos, pelo y sangre de los animales
salvajes. Asimismo, se determinó que los PCBs y otros compuestos organoclorados eran
cancerígenos, vinculados con trastornos del sistema inmunológico, reproductivo, y de
desarrollo (Tokar, 1998).
A consecuencia de, varias han sigo las multas que la empresa ha tenido que cancelar, por las
demandas en su contra, por motivos que van más allá de los efectos biológicos: en el año de
1998, Monsanto tuvo que cancelar $225.000 por etiquetar mal contenedores de herbicida
(Roundup) en 75 ocasiones, de acuerdo al diario Wall Street Journal, la etiquetas de los
contenedores restringía el acceso a las áreas tratadas con el herbicida por 4 horas, cuando
reglamentariamente debía ser mínimo 12 horas, en aquella ocasión la multa representó la
cantidad más elevada por violar las normas de protección de los trabajadores, albergadas en
la Federal Insecticide, Fungicide and Rodenticide Act (FIFRA) (Tokar, 1998).
Al presente, en el año de 2018 la empresa multinacional Monsanto, fue declarada por la Corte
Suprema de California como responsable del cáncer que padecía el jardinero Dewayne
Johnson, porque la empresa no colocó la etiqueta que advertía que el uso excesivo de su
herbicida podría originar cáncer, el fallo del tribunal obligó a la empresa a indemnizar con
289 millones de dólares. Con motivo del fallo de la Corte, en la página oficial de la ONU, se
publicó la noticia aludiendo que era una “victoria para los derechos humanos”, y es que la
sentencia se basó en los resultados de un estudio realizado por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) en el año 2015, considerando la resolución como “un importante logro para
los derechos humanos de las víctimas y el reconocimiento de las responsabilidades de las
empresas químicas” (Organización de las Naciones Unidas (ONU), 2018).
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
75
El segundo aspecto, Ecuador en el año 2008 fue el primer país andino de América del Sur de
prohibir en su Carta magna el uso de transgénicos:
Art 15. (…) se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización,
importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y
nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos
internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales
nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana
o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas (…) (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2008).
En razón de lo antes expuesto, en el país se prohibió el uso de Organismo Modificados
Genéticamente (OMG), por cuanto, atentaba contra la salud, la soberanía alimentaria y el
ecosistema, respecto a esto, varios expertos en la materia, como Paz y Miño, catedrático, y
ganador del premio a “Científico del año” en 2015, infiere que, la humanidad tiene que
aprovechar las ventajas que conlleva el uso de la transgénesis. Para el biomédico el problema
de los OMG, es porque se los articula pérfidamente con empresas transnacionales como
Monsanto, y no se ve más allá del ámbito económico, debido a lo cual, el aspecto tecnológico,
y ético, constituiría una solución viable para la hambruna mundial. En esa misma línea, el ex
mandatario Rafael Correa esbozó “las semillas genéticamente modificadas pueden
cuadruplicar la producción y sacar de la miseria a los sectores más deprimidos” (Giménez,
2016).
Ahora bien, en Ecuador, según cifras oficiales del Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia (UNICEF), 2022, 1 de cada 3 niños tiene desnutrición crónica, siendo el segundo
país latinoamericano con mayor índice de desnutrición. Agregando a lo anterior, Javier
Carrera, coordinador de la Red de Guardianes de Semillas de Ecuador, argumentó en
contraposición de lo que describieron los 109 premios Nobel, al referirse al arroz dorado que
es enriquecido con vitamina A, a través de la adopción de la biotecnología, como el alimento
con “el potencial de reducir o eliminar gran parte de las muertes y enfermedades causadas
por una deficiencia en vitamina A”, él sostiene que:
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
76
En el Sudeste Asiático tradicionalmente tenían dietas muy diversificadas, un
campesino sembraba no solamente arroz, sino otra serie de vegetales que daban una
alimentación completa a la familia, pero eso se reemplazó por el modelo
agroindustrial, empezaron a producir solamente arroz y principalmente para la
exportación. Es decir, ya no producen alimentos, producen ‘commodities’, bienes de
mercado (Giménez, 2016).
De igual manera, para el coordinador, la principal causa de la desnutrición es la sustitución
de una dieta diversificada, por la producción a gran escala de arroz para exportar, porque el
campesino en Asia, así como en América Latina, no es solo es deficiente en vitamina A, sino
en casi todos los minerales, y vitaminas, porque no consumen alimentos naturales (Giménez,
2016). Ante esta premisa, es necesario examinar biológicamente los productos que han sido
modificados genéticamente, y que ingresan al país para ser comercializados, en comparación
con los productos naturales que produce el agro ecuatoriano, y medir el porcentaje en
nutrientes, vitaminas y minerales que ambos poseen, para salvaguardar la soberanía
alimentaria.
De hecho, en Ecuador, de manera explícita se protege el derecho a una alimentación
adecuada, y forma parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (PIDESC), desde el año de 1969, en el 2010 el Protocolo Facultativo fue
ratificado, y como principios rectores de la política del Estado, consta en el artículo 281, “la
soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para
garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la
autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente”
(Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), 2022).
Debido a que, los Estados parte se comprometen en el Protocolo admitir medidas, de manera
individual o a través de la asistencia y cooperación internacionales, tanto cnicas como
económicas, hasta el máximo de los recursos que posea, para conseguir medidas legislativas,
que avalen la certidumbre de los derechos reconocidos en el Pacto. El Ecuador, se
comprometió con la cristalización del derecho a una alimentación adecuada, no solo mediante
“disposiciones que establecen, directa o implícitamente, el derecho a la alimentación en
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
77
forma de Principios Rectores de la política estatal”, sino también explícitamente en la
protección contra el hambre (FAO, 2022).
En suma, en el año 2021, el Gobierno nacional registró como prioridad nacional el
reconocimiento a la desnutrición crónica infantil, y se trazó la consigna de reducirla en seis
puntos porcentuales en los niños menores de 2 años hasta el 2025, para conseguirlo, elaboró
una respuesta sistémica que afrontó las múltiples causas de la desnutrición crónica, por medio
de la provisión de servicios esenciales para los niños durante sus primeros años de edad, y
mujeres embarazadas (UNICEF, 2022).
A decir verdad, “la protección de los derechos humanos a través de las constituciones es la
forma de protección legal más fuerte, puesto que éstas son la ley fundamental o suprema de
un país” (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO),
2022). En tal sentido, en el informe del experto independiente Alfred-Maurice de Zayas
(2015), sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo, publicado
por la Asamblea General de las Naciones Unidas, devela:
La legitimidad de todo Estado depende de su capacidad de promover el bienestar de
la población que se halla bajo su jurisdicción. Cualquier Estado que respete los
principios del estado de derecho debe cumplir esta responsabilidad y no puede
renunciar a sus obligaciones de derechos humanos delegando o privatizando
actividades que son fundamentalmente funciones del Estado. Antes y después de
concertar acuerdos internacionales de inversión, los Estados deben llevar a cabo
evaluaciones del impacto en los derechos humanos, la salud y el medio ambiente.
De otro modo, Arroyo (2017) infiere que los mercados “no son entes autónomos y
espontáneos que funcionan según sus propias leyes naturales; en realidad son construcciones
sociales con leyes establecidas por instituciones y reguladas por Gobiernos que deben rendir
cuentas ante los participantes en el mercado y los ciudadanos”. En este contexto, el artículo
281, numeral 11, de la Constitución de la República establece: “generar sistemas justos y
solidarios de distribución y comercialización de alimentos. Impedir prácticas monopólicas y
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
78
cualquier tipo de especulación con productos alimenticios” (Asamblea Nacional del Ecuador,
2008).
Concatenadamente, dentro del Derecho Internacional Público (DIP), no se consideran como
sujetos per se a las empresas transnacionales, ya que, estas no responden a una declaratoria
de responsabilidad internacional por un accionar ilícito, mientras que “la responsabilidad
internacional del Estado es una institución fundamental dentro del Derecho Internacional
Público, pues de no admitirse una responsabilidad consiguiente a un acto ilícito internacional
se suprimiría el deber de los Estados de comportarse de acuerdo al Derecho Internacional”
(Molteni, 1962). A su vez, los DD.HH., tienen principios de interdependencia y
universalidad, que son fundamentales a nivel colectivo e individual, y no surgen de grandes
foros internacionales, según la experta en Políticas del Equipo del Derecho a la Alimentación
de la FAO, Serena Pepino (FAO, 2022). Por lo que, es el Estado quien vela por la protección
de los DD.HH., regula al mercado, y es el responsable de la seguridad alimentaria, además,
de custodiar el cumplimiento de los derechos del consumidor.
En ese marco, en el 2017 se aprobó la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y
Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS) (Zhiminaicela, y otros, 2021). Esta Ley
tuvo como fin garantizar el fomento de la agricultura sustentable, a través del intercambio,
uso, producción, y conservación de la semilla campesina que comprende las semillas
tradicional y nativa, además de coadyuvar a la investigación, mientras que el 04 de marzo de
2020 se expidió el Reglamento a la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento
de la Agricultura Sustentable (Asamblea Nacional del Ecuador, 2017).
De ahí que, el Ecuador en teoría apuesta a la agroecología, en cuanto, la permanencia de
cultivos que son nativos, diversidad biológica, y agroindustria, para solventar necesidades de
alimentación, e inclusive dentro de la legislación, varios artículos garantizan a la ciudadanía
el acceso a alimentos no solo sanos, sino producidos en el territorio, de preferencia. A este
respecto, el 30 de mayo de 2022 se publicó la Ley para Prevenir y Reducir la Pérdida y el
Desperdicio de Alimentos y Mitigar el Hambre de las Personas en situación de
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
79
Vulnerabilidad Alimentaria, emitida por la Asamblea Nacional del Ecuador, cuyo objetivo
consistió en:
Regular la prevención y reducción de la pérdida y el desperdicio de alimentos de los
productores, procesadores, distribuidores, comercializadores e importadores de
productos alimenticios aptos para el consumo humano para mitigar el hambre de
personas en situación de vulnerabilidad alimentaria; así como generar una cultura de
donación para evitar el desperdicio de alimentos.
Así pues, la soberanía alimentaria, y la agroecología se convierten en eje central de discusión
a nivel mundial (Guzmán, 2006) citado en (Zhiminaicela, y otros, 2021). Si bien, como
hemos verificado a lo largo de este artículo, la inserción de semillas transgénicas está
prohibida en el país, más no el consumo de alimentos transgénicos, razón por la que, en las
despensas de varios supermercados, y mercados se encuentran productos como cárnicos,
embutidos, entre otros, con la etiqueta de ‘contiene transgénicos’, pero qué son las
transgénicos, y por qué se prohíbe su uso en varios países de la región.
Figura 1
¿Qué son los transgénicos?
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
80
Nota. El gráfico representa lo que significan los transgénicos. Tomado de El Universo, 2018.
En suma, países como Perú poseen una agricultura ancestral diversa, con 52 especies distintas
de maíz, y más de 3.000 variedades endémicas de papa, alimentos cuyo consumo a nivel
mundial es alto, y son los productos que mayormente son modificados (algodón, tomate,
arroz, papa, maíz, entre otros).
En el 2011 promulgó una Ley, que desde el año 2020 a través de un Reglamento fue
ampliada, estableciendo la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos
modificados al territorio nacional por un período de 15 años, es decir, hasta el 2035,
impidiendo así la producción e ingreso en el país de Organismos Vivos Modificados (OVM),
con el objeto de crianza, cultivo, lo cual incluye a los acuáticos, en sí, a ser liberados en el
ambiente (Cadena Global de Televisión de China (CGTN), 2022).
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
81
De hecho, Ecuador también dio a conocer las sanciones a aquellas infracciones, en caso de
incurrir en situaciones ilícitas, por lo que, dentro de la LOASFAS (2017), existen varios
artículos, del 53 al 63, de los capítulos tercero y cuarto, donde se encuentran descritos las
multas, suspensiones, procedimientos y recursos que se deben de implementar, representando
esto al igual que en el Perú, un triunfo para la agroecología.
Otro rasgo de los OMG, es la estandarización de los monocultivos que se encuentra reinante
en el mercado, cuyas agroquímicas, plantean el uso de herbicidas para reducir plagas que son
el resultado de la modificación o eliminación de los cultivos nativos. Pese a que, en el país
los productos con base en transgénicos son etiquetados de acuerdo a la Ley Orgánica de
Defensa del Consumidor (2000) (Congreso Nacional del Ecuador , 2000):
Art. 13.-Produccn y Transgénica. -Si los productos de consumo humano o pecuario
a comercializarse han sido obtenidos o mejorados mediante trasplante de genes o, en
general, manipulación genética, se advertirá de tal hecho en la etiqueta del producto,
en letras debidamente resaltadas.
Se debe agregar que, la idea de etiquetar los productos que contienen transgénicos, radica en
la prevención al consumidor, otorgándole libertad, al elegir que adquirir. Esta posición la
defienden las empresas masivas, de productos que forman parte de la canasta básica familiar,
por cuanto, se determina que la venta debe ser efectuada, porque produce: competitividad,
mejor precio, volviéndose atractivo para los consumidores, porque son marcas
internacionales (Gortaire, Vanegas, Carvajal, Ortega, & Santos, 2020). Pero desde el punto
de vista ambiental, se deberá prohibir también el uso de químicos como herbicidas, para
evitar contaminar los productos de producción nacional.
Finalmente, en un estudio realizado por (Dakota Resource Council, 2011) citado en (Intriago
& Bravo, 2015) sobre la situación actual del Ecuador como territorio libre de transgénicos,
evaluaron semillas de Alfafa, que Ecuador importó entre 2000 y 2013, de las cuales el 93%
provenían de los Estados Unidos, según información del Banco Central del Ecuador (BCE).
Cabe señalar que la alfalfa transgénica Roundup Ready (RR) fue desregulada a inicios de
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
82
2011, por el Departamento de Agriculturas de Estados Unidos, esta semilla es de singular
importancia para la alimentación de animales como: conejos y cuyes, conjuntamente con el
ganado vacuno en la parte de la Sierra del país.
Las semillas de alfalfa evaluadas fueron adquiridas en almacenes agropecuarios de
los cantones Mejía y Cayambe de la provincia de Pichincha, y de semillas campesinas
de la Provincia de Chimborazo Cantón Guamote. Una de las muestras tomadas en
Machachi (de la marca NK Proagrin) resultó positiva para el promotor FMV, lo que
sugiere que hubo modificación genética (Eurofins Global Control, 2014).
Tras este suceso, se puede inferir que, así como la alfalfa, son varios los productos que se
importan para posteriormente ser sembrados en el país, por lo que, su evaluación por parte
de las autoridades competentes es primordial para evitar la introducción de OMG. Además
de este producto, la soya también se estudió, y, siendo el principal cultivo transgénico que es
producido a nivel mundial, en el Ecuador se cultiva mayormente en las provincias de Guayas,
y Los Ríos, para proveer la demanda de la industria porcícola, y avícola. De las 70 muestras
seleccionadas, se encontraron 19 muestras positivas, por lo que varios de los productos
etiquetados como transgénicos contienen soya (Intriago & Bravo, 2015).
Ante este panorama, la respuesta de las entidades gubernamentales, ha sido introducir en sus
programaciones, el progreso de la biotecnología agrícola, lo que trae consigo la incorporación
de cultivos transgénicos, y lo próximo a ver por medio de la suscripción de Tratados de Libre
Comercio (TLC) es la incorporación en el mercado de OGM, sin restricción alguna,
olvidando el principio de progresividad, y no regresividad que poseen los derechos
ambientales.
Conclusiones
Más allá de la normativa legal que se encuentra vigente en el Ecuador, actualmente
solo se permite el ingreso de cultivos y semillas transgénicos al territorio para fines
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
83
investigativos, y, por el contrario, en la actualidad se busca suscribir Tratados de
Libre Comercio (TLC) con varios países que aprueban el uso de Organismos
Modificados Genéticamente (OMG) como España, y Estados Unidos.
Ante las cifras alarmantes de desnutrición crónica en el país, la adopción de un
modelo regulado que permita el uso de OGM, es una opción factible para que toda la
población pueda acceder a una alimentación equitativa.
Uno de los principios de los Derechos Humanos es la progresividad, es por ello, que
resulta menester que cómo nación se emplee la tecnología transgénica como un aliado
para conciliar el desarrollo económico, considerando que solo se la podrá
implementar a corto plazo, porque, ejemplo, el hambre no se puede contener.
Referencias
Arroyo, R. (8 de Noviembre de 2017). Retazos: sobre la difícil relación entre los acuerdos de
libre comercio e inversión bilaterales y multilaterales y los derechos humanos. Estado
& comunes. Revista de políticas y problemas públicos.(4), 105-124.
Asamblea General de Naciones Unidas. (2015). Informe del Experto Independiente sobre la
promoción de un orden internacional democrático y equitativo, Alfred-Maurice de
Zayas. Organización de las Naciones Unidas (ONU). Consejo de Derechos Humanos.
Asamblea Nacional de la República del Ecuador . (25 de Mayo de 2022). Ley para Prevenir
y Reducir la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos y Mitigar el Hambre de las
Personas en situación de Vulnerabilidad Alimentaria. Obtenido de
https://www.edicioneslegales-
informacionadicional.com/webmaster/directorio/3SU72_2022.pdf
Asamblea Nacional del Ecuador. (20 de Octubre de 2008). Constitución de la República del
Ecuador. Obtenido de
https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/old/constitucion
_de_bolsillo.pdf
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
84
Asamblea Nacional del Ecuador. (8 de Junio de 2017). Ley Orgánica de Agrobiodiversidad,
Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS). Obtenido de
https://www.gob.ec/sites/default/files/regulations/2018-11/Ley-Org%C3%A1nica-
de-Agrobiodiversidad-Semillas-y-Fomento-de-la-Agricultura-Sustentable.pdf
Cadena Global de Televisión de China (CGTN). (06 de Noviembre de 2022). Perú y sus
razones para alejarse de los transgénicos de las grandes transnacionales. Obtenido
de Iberoamérica: https://espanol.cgtn.com/n/2022-09-06/HaDfcA/Peru-y-sus-
razones-para-alejarse-de-los-transgenicos-de-las-grandes-
transnacionales/index.html
Congreso Nacional del Ecuador . (2000). Ley Orgánica de Defensa del Consumidor .
Obtenido de https://www.dpe.gob.ec/wp-
content/dpetransparencia2012/literala/BaseLegalQueRigeLaInstitucion/LeyOrganic
adelConsumidor.pdf
El Universo. (16 de Septiembre de 2018). Transgénicos son ilegales en sembríos, pero sí se
consumen en Ecuador. Informes . Obtenido de
https://www.eluniverso.com/noticias/2018/09/16/nota/6954224/transgenicos-son-
ilegales-sembrios-si-se-consumen-ecuador/
EnigmaCinco. (22 de Septiembre de 2014). Monsanto. Las semillas del Diablo [Documental
en español]. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=QJyctTC4sqQ
FAO. (08 de Julio de 2022). El derecho a la alimentación. Obtenido de Derechos humanos:
un puente entre la investigación y los sistemas alimentarios sostenibles:
https://www.fao.org/right-to-food/news/news-detail/en/c/1585373/
Giménez, J. (03 de Agosto de 2016). El debate sobre los transgénicos persiste en Ecuador a
pesar de la prohibición. Desalambre. Obtenido de
https://www.eldiario.es/desalambre/debate-transgenicos-sudamerica-prohibe-
constitucion_1_3875054.html
Gortaire, D., Vanegas, W., Carvajal, E., Ortega, D., & Santos, A. (26 de Abril-junio de 2020).
Análisis de sostenibilidad socioeconómica, productiva y ambiental de productores
agroecológicos a pequeña escala en Manabí-Ecuador: Caso de estudio Membrillal.
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
85
Journal of Science and Research, 5(2). Obtenido de
https://doi.org/10.5281/zenodo.3820760
Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C., & Baptista Lucio, P. (2014). Metodología
de la investigación (6ª ed.). McGraw-Hill Interamericana.
Intriago, R., & Bravo, E. (Septiembre de 2015). Situación actual del Ecuador como territorio
libre de transgénicos . Letras Verdes(18), 264-275.
doi:http://dx.doi.org/10.17141/letrasverdes.18.2015.1606
Ministerio de Agricultura y Ganadería. (20 de Agosto de 2019). Acuerdo de la Ley Orgánica
de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable, en lo
referente al Sistema Convencional de Semillas en adelante "Semilla Certificada".
Quito, Pichincha, Ecuador: Registro oficial-órgano de la República del Ecuador .
Molteni, A. (1962). La responsabilidad internacional del Estado. Revista Jurídica de Buenos
Aires(26), 1-11.
Organización de las Naciones Unidas (ONU). (15 de Agosto de 2018). La sentencia de
Monsanto, una “victoria para los derechos humanos”. Obtenido de Noticias ONU:
https://news.un.org/es/story/2018/08/1439712
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). (2022).
El derecho a la alimentación en el mundo. Obtenido de Ecuador:
https://www.fao.org/right-to-food-around-the-
globe/countries/ecu/es/#:~:text=Art%C3%ADculo%20281%3A%20%E2%80%9CL
a%20soberan%C3%ADa%20alimentaria,culturalmente%20apropiado%20de%20for
ma%20permanente.%E2%80%9D
Tokar, B. (Septiembre-Octubre de 1998). Monsanto: Una historia en entredicho. Ecologista,
28(5). Obtenido de https://www.ecologistasenaccion.org/revista/
UNICEF. (11 de Agosto de 2022). "¡Yo soy Máximo y ya volví!" El icónico personaje de
UNICEF ha vuelto por una gran causa: vencer a la desnutrición crónica infantil en
Ecuador. Obtenido de https://www.unicef.org/ecuador/comunicados-
prensa/%C2%A1yo-soy-m%C3%A1ximo-y-ya-volv%C3%AD-
0#:~:text=QUITO%2C%2011%20d
Período enero-junio 2023
Vol. 2 No. 1
ISSN: 3028-8703 DOI: https://doi.org/10.62465/rpca.v2n1.2023.45
POLÍTICA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
86
Zhiminaicela, J., Bravo, A., Quevedo, J., Tuz, I., García, R., & Herrera, S. (Enero-Junio de
2021). Ecuador libre de cultivos transgénicos: un enfoque desde la perspectiva
agroecológica y jurídica. La Técnica: Revista de las Agrociencias(25), 75-87.
doi:https://doi.org/10.33936/latécnica.v0i25.2615
Copyright (2022) © Yamileth Arteaga-Alcívar
Este texto está protegido bajo una licencia internacional Creative Commons 4.0.
Usted es libre para Compartir—copiar y redistribuir el material en cualquier medio o
formato — y Adaptar el documento — remezclar, transformar y crear a partir del
material—para cualquier propósito, incluso para fines comerciales, siempre que cumpla las
condiciones de Atribución. Usted debe dar crédito a la obra original de manera adecuada,
proporcionar un enlace a la licencia, e indicar si se han realizado cambios. Puede hacerlo en
cualquier forma razonable, pero no de forma tal que sugiera que tiene el apoyo del
licenciante o lo recibe por el uso que hace de la obra.
Resumen de licenciaTexto completo de la licencia